Dan en Sonora revés a Fiscalía


El decreto de creación de la citada Fiscalía fue publicado el 28 de septiembre de 2015 por la Gobernadora Claudia Pavlovich, en el Boletín Oficial del Estado. Foto: Archivo

Abel Barajas

Cd. de México

Un tribunal federal resolvió que es inconstitucional la Fiscalía Anticorrupción de Sonora y que, por tanto, no puede investigar por diversos delitos al ex Gobernador Guillermo Padrés, aunque sí lo puede hacer la Procuraduría de Justicia del Estado.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa de Hermosillo concluyó ayer que el Congreso local violó la reforma constitucional en la materia, al crear dicha Fiscalía antes de que el Congreso de la Unión emitiera las leyes generales del Sistema Anticorrupción.

De acuerdo con fuentes del Poder Judicial de la Federación, en la sesión de ayer, los tres magistrados del colegiado confirmaron por unanimidad el fallo dictado el 16 de marzo de 2017 por el juez federal Manuel Rivera Navarro, quien declaró inconstitucional la Fiscalía.

El amparo en revisión 194/2017 fue resuelto ayer, luego de que en junio del año pasado la Suprema Corte de Justicia desechara una solicitud de Padrés, para resolver en definitiva esta demanda de garantías.

El decreto de creación de la citada Fiscalía fue publicado el 28 de septiembre de 2015 por la Gobernadora Claudia Pavlovich, en el Boletín Oficial del Estado.

El fallo del juez Rivera, ahora confirmado por el colegiado, señala que la Gobernadora desconocía las bases a las que, por mandato constitucional, debía adecuarse el Sistema Estatal Anticorrupción.

"La Gobernadora no solo hizo uso de una facultad que no le correspondía al crear Fiscalía Especializada para Investigar Hechos de Corrupción, sino que también lo hizo en una época en que les estaba vedado, aún, a los propios Congresos Estatales", dice la resolución confirmada.

La sentencia judicial confirmada precisa que la invalidación de la Fiscalía no implica dejar sin efectos las actuaciones y las dos investigaciones que llevaba a cabo contra el ex mandatario.

"Independientemente de que los agentes responsables estén adscritos a la inconstitucional Fiscalía Especializada para Investigar Hechos de Corrupción, éstos actúan bajo la figura del Ministerio Público, la cual tiene la facultad constitucional de investigar las conductas delictivas, misma que no está supeditada a la implementación de dicho Sistema Nacional Anticorrupción", dice el fallo del juez.

Incluso, el juzgador señala que las actuaciones contra Padrés deben ser turnadas a la Procuraduría Estatal, para que continúe con las indagatorias.

En su amparo, Padrés también reclamó cancelar el aseguramiento de una casa de su propiedad, localizada en la zona rural de San Pedro El Saucito, cerca de Hermosillo, al estimar que es consecuencia de un cateo y una indagatoria ilegal.

La autoridad judicial le negó la protección de la justicia, luego de considerar que los agentes ministeriales cumplieron con todos los procedimientos y formalidades que marca la ley, para llevar a cabo un allanamiento.

Reforma

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